Formación universitaria, profesional, posgrado, doctoral, y un largo etcétera de opciones entre las que elegir. Hoy en día existen multitud de formas de aprendizaje y formación, que se pueden combinar o, incluso, sustituir por el lanzamiento directo al mundo laboral.
Todo esto nos lleva a plantearnos la importancia del reconocimiento de estas aptitudes. Si las tienes, ¿por qué no acreditarlas? Así que, si no tienes un Título de Formación Profesional ni un Certificado de Profesionalidad, pero sí Experiencia Laboral o Formación no Formal, sigue leyendo y te enseñamos cómo oficializar estas prácticas.
En primer lugar, has de encuadrar tus cualificaciones en alguno de los siguientes niveles:
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Nivel 1, en el que se encuentran las formaciones más básicas. Encontramos las siguientes categorías: actividades auxiliares en viveros jardines y centros de jardinería, operaciones básicas de pisos en alojamientos y, por último, las operaciones básicas de restaurante y bar, operaciones básicas de cocina.
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Niveles 2 y 3, formados por el resto de las formaciones, con un mayor nivel de responsabilidad.
Si no estás seguro de dónde posicionarte, encuentra las distintas experiencias laborales en http://www3.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/web/sce/noticias/contenidos_noticias_proxima_conv_2021
Requisitos
Una vez sabes a qué categoría pertenecen tus habilidades, debes estar seguro de que cumples con una serie de requisitos.
Solicitud y documentación
El siguiente paso es presentar tu solicitud (puedes hacerlo física, en las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, o telemáticamente). Una buena noticia es que desde el día 9 de marzo, conforme a la publicación del Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo, los procedimientos de solicitud están abiertos de forma permanente.
Sabemos que estamos viviendo una transición al mundo digital y, como expresión de este fenómeno, las solicitudes se deben presentar preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica del Servicio Canario de Empleo (SCE). No te preocupes, es sencillo, solo debes entrar en el siguiente enlace: https://sede.gobcan.es/empleo/
Si la tecnología no es lo tuyo, o por algún motivo no puedes hacerlo de esta forma, también existe la posibilidad de presentarlo presencialmente en cualquiera de las oficinas del SCE, cualquiera de sus sedes centrales o en los registros que se establecen en el apartado 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en el que, además de los nombrados, se hace referencia a la posibilidad de presentarlos en la oficina de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de asistencia en materia de registro.
Ahora a estar atento, no vayas a dejar pasar el plazo para presentar la documentación. La pregunta es: ¿qué documentación?
Bien, la documentación necesaria es diferente para los diferentes ámbitos de empleo. Como es de esperar, a trabajadores asalariados, autónomos y trabajadores voluntarios o becarios se les exige requisitos diferentes, pero tienen varios denominadores comunes: en primer lugar, el impreso de solicitud, acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte o NIE. Además, es imprescindible la presentación del Currículum Vitae europeo, certificado de vida laboral, el contrato laboral y la documentación de los cursos que se pretenden acreditar (indicando los contenidos y las horas de formación).
En cuanto a los trabajadores autónomos, también es necesario un certificado de empresa y la descripción de la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo.
Por último, pero no menos importante, si eres un trabajador voluntario o becario tiene un único requisito adicional: la presentación de la certificación de la organización donde hayas prestado asistencia, exponiendo las actividades y funciones que has realizado, así como las fechas y el número de horas.
Y ahora, ¿qué? Es el turno del Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales, quien deberá publicar el listado provisional de admitidos y excluidos. Si estás seguro de que cumples todos los requisitos y que tu documentación es correcta, pero aún así no has sido admitido, no te preocupes, dispones de un plazo de 10 días para presentar tus alegaciones. Ahora sí, hay que esperar hasta la publicación de las listas definitivas.
Procedimiento
Hasta este momento ha sido todo un procedimiento muy formal, ahora es cuando toca pasar un poco a la acción. Solo queda pasar las 3 fases del procedimiento y, por fin, podremos obtener nuestra acreditación.
¿Cuáles son estas fases? Asesoramiento, evaluación y acreditación.
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Fase 1: Asesoramiento. En las listas de admitidos definitivas es donde se indicará el lugar, fecha y hora de la primera reunión de Asesoramiento. Posteriormente y a partir de una entrevista y atendiendo a la documentación presentada, un asesor se encargará de realizar un informe sobre las competencias de la persona.
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Fase 2: Evaluación. Es el momento de demostrar lo que sabes ante la Comisión de Evaluación. En las Unidades de Competencia de la Cualificación (UC) en la que se está seleccionado habrá que hacer las pruebas necesarias para evaluar la competencia profesional requerida y, a partir de esto, se calificarán como “demostrada” o “no demostrada”.
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Fase 3: Acreditación. Si has superado la fase anterior, se expedirá una acreditación de cada una de las UC en las que se haya demostrado su competencia. Las personas que hayan superado todas las UC de una Cualificación tienen derecho a solicitar la expedición de su correspondiente Certificado de Profesionalidad.
Una buena noticia es que no hay que pagar tasas por el asesoramiento ni la evaluación. Por la expedición del expediente sí habrá que hacerlo, concretamente 24,06 euros, pero siempre y cuando no se esté en situación de desempleo.
Si aún tienes dudas, te dejamos los enlaces a la información: